El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta dictó una sentencia de 17 años y 183 días de presidio mayor en su grado máximo para Wilson Esteban Navarrete Contreras, de 52 años, quien fue hallado culpable del femicidio íntimo de su ex pareja boliviana en la comuna de Mejillones. El caso ocurrió el 3 de noviembre de 2021. Según la investigación liderada por la Fiscalía de Mejillones y el OS9 de Carabineros, la víctima fue abordada por Navarrete Contreras en calle Serrano. Tras arrojarla al suelo, el acusado la atacó con un cuchillo, provocándole heridas graves que, a pesar de los esfuerzos de testigos y del personal policial para asistirla, resultaron fatales. Durante el juicio, la Fiscalía presentó pruebas contundentes, incluyendo testimonios de testigos, informes periciales, set fotográfico y un video capturado por cámaras de vigilancia que documentó la agresión. Estos elementos fueron clave para la condena. La sentencia incluye además penas accesorias, como la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. Se acreditó que el acusado, motivado por los celos, ejecutó acciones dirigidas voluntariamente a causar la muerte de su ex conviviente, para lo cual se valió de medios idóneos, como lo es un cuchillo cocinero de gran tamaño, con el cual le propinó 13 heridas corto punzantes , señala la sentencia. La pena, que se ejecutará una vez que el fallo quede firme, se contabilizará desde el 4 de noviembre de 2021, fecha desde la cual Navarrete Contreras ha estado privado de libertad. La defensa del condenado tiene ahora un plazo para apelar la sentencia del tribunal.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta emitió una contundente sentencia contra la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS), condenándola por prácticas antisindicales y vulneración de derechos fundamentales en perjuicio de Ivette Nathaly Gareca Flores, dirigente sindical y psicopedagoga en la región. Según lo informado por El Diario de Antofagasta, la sentencia del tribunal ratifica que la CMDS, presidida por el alcalde Jonathan Velásquez Ramírez, implementó diversas acciones destinadas a obstaculizar la labor sindical de Gareca y afectar tanto su integridad física como psíquica. Entre las medidas adoptadas se encuentra la denegación de autorización docente para el año 2022 por parte de la Dirección Provincial de Educación, una acción que no fue apelada por la CMDS, a diferencia de años anteriores, y que derivó en una demanda de desafuero en su contra. El tribunal determinó que estas acciones constituyen prácticas antisindicales, y en consecuencia, ha ordenado a la CMDS implementar una serie de medidas correctivas. Entre estas medidas se incluyen el pago de una multa significativa de 150 UTM, equivalentes aproximadamente a $10.000.000, la cual busca sancionar las conductas ilegales y disuadir futuras transgresiones. Además, la corporación deberá abstenerse de ejecutar actos antisindicales, investigar y sancionar a los responsables, promover la labor sindical en las unidades educativas bajo su administración, y capacitar a los directivos en materia de derechos fundamentales. Como parte de las reparaciones ordenadas, la CMDS deberá emitir disculpas públicas a Ivette Gareca y cambiar la naturaleza de su contrato para que se rija por el Código del Trabajo, manteniendo las mismas condiciones laborales. Además, el tribunal ha dispuesto el pago de una indemnización de $5.000.000 por concepto de daño moral a la dirigente sindical, reconociendo así el perjuicio causado por las prácticas antisindicales. Ivette Gareca ha expresado que esta no es la primera vez que la CMDS enfrenta una condena por prácticas antisindicales, siendo esta la segunda sentencia en su contra por estos motivos. Además, ha mencionado la existencia de un tercer caso documentado por la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, relacionado con la expulsión de una sesión de concejo municipal. Ante estos hechos, la Inspección del Trabajo ha convocado a las partes a una mediación, con el objetivo de encontrar soluciones efectivas a esta recurrente problemática.
Luis Cortés Escobar, exfuncionario de Carabineros, ha sido condenado a una pena total de 3 años y 818 días de presidio, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas. La decisión fue tomada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta en un fallo unánime, debido a su responsabilidad en los delitos deapremios ilegítimos y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes yabusos contra particulares cometidos en enero de 2023. El tribunal, presidido por los magistrados Alfredo Lindenberg Muñoz, Luz Oliva Chávez y Patricia Alvarado Padilla, determinó que el 13 de enero de 2023, Cortés Escobar, en su rol como funcionario de Carabineros, abusó de su autoridad al someter a F.P.G.B., quien estaba detenida en la Quinta Comisaría de Antofagasta, a tratos degradantes de connotación sexual. La víctima, bajo custodia y privada de libertad, no pudo oponerse a los abusos perpetrados por el acusado. En el fallo, se señala que Cortés Escobar, desde las 20:00 horas del 13 de enero, realizó diversos actos sexuales inapropiados hacia la detenida, aprovechando su posición de poder. La situación de la víctima, completamente dependiente de la autoridad del funcionario, facilitó la ejecución de estos actos degradantes. El 19 de enero de 2023, en un segundo incidente, Cortés Escobar se vio involucrado en un procedimiento de asistencia médica a una menor de 16 años en el sector norte de Antofagasta. Durante este procedimiento, el carabinero realizó avances inapropiados hacia la joven, incluyendo tocamientos y besos sin su consentimiento. Según el fallo, Cortés Escobar, tras ingresar a la vivienda acompañado de la madre de la joven, se dirigió al dormitorio de la víctima, donde le tocó las piernas y la besó antes de abandonar la habitación y la vivienda. Además de la pena de cárcel, el tribunal ha dispuesto que Cortés Escobar pague una indemnización de 20 millones de pesos a una de las víctimas como compensación por el daño moral ocasionado.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta dictó una sentencia de 17 años y 183 días de presidio mayor en su grado máximo para Wilson Esteban Navarrete Contreras, de 52 años, quien fue hallado culpable del femicidio íntimo de su ex pareja boliviana en la comuna de Mejillones. El caso ocurrió el 3 de noviembre de 2021. Según la investigación liderada por la Fiscalía de Mejillones y el OS9 de Carabineros, la víctima fue abordada por Navarrete Contreras en calle Serrano. Tras arrojarla al suelo, el acusado la atacó con un cuchillo, provocándole heridas graves que, a pesar de los esfuerzos de testigos y del personal policial para asistirla, resultaron fatales. Durante el juicio, la Fiscalía presentó pruebas contundentes, incluyendo testimonios de testigos, informes periciales, set fotográfico y un video capturado por cámaras de vigilancia que documentó la agresión. Estos elementos fueron clave para la condena. La sentencia incluye además penas accesorias, como la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. Se acreditó que el acusado, motivado por los celos, ejecutó acciones dirigidas voluntariamente a causar la muerte de su ex conviviente, para lo cual se valió de medios idóneos, como lo es un cuchillo cocinero de gran tamaño, con el cual le propinó 13 heridas corto punzantes , señala la sentencia. La pena, que se ejecutará una vez que el fallo quede firme, se contabilizará desde el 4 de noviembre de 2021, fecha desde la cual Navarrete Contreras ha estado privado de libertad. La defensa del condenado tiene ahora un plazo para apelar la sentencia del tribunal.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta emitió una contundente sentencia contra la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS), condenándola por prácticas antisindicales y vulneración de derechos fundamentales en perjuicio de Ivette Nathaly Gareca Flores, dirigente sindical y psicopedagoga en la región. Según lo informado por El Diario de Antofagasta, la sentencia del tribunal ratifica que la CMDS, presidida por el alcalde Jonathan Velásquez Ramírez, implementó diversas acciones destinadas a obstaculizar la labor sindical de Gareca y afectar tanto su integridad física como psíquica. Entre las medidas adoptadas se encuentra la denegación de autorización docente para el año 2022 por parte de la Dirección Provincial de Educación, una acción que no fue apelada por la CMDS, a diferencia de años anteriores, y que derivó en una demanda de desafuero en su contra. El tribunal determinó que estas acciones constituyen prácticas antisindicales, y en consecuencia, ha ordenado a la CMDS implementar una serie de medidas correctivas. Entre estas medidas se incluyen el pago de una multa significativa de 150 UTM, equivalentes aproximadamente a $10.000.000, la cual busca sancionar las conductas ilegales y disuadir futuras transgresiones. Además, la corporación deberá abstenerse de ejecutar actos antisindicales, investigar y sancionar a los responsables, promover la labor sindical en las unidades educativas bajo su administración, y capacitar a los directivos en materia de derechos fundamentales. Como parte de las reparaciones ordenadas, la CMDS deberá emitir disculpas públicas a Ivette Gareca y cambiar la naturaleza de su contrato para que se rija por el Código del Trabajo, manteniendo las mismas condiciones laborales. Además, el tribunal ha dispuesto el pago de una indemnización de $5.000.000 por concepto de daño moral a la dirigente sindical, reconociendo así el perjuicio causado por las prácticas antisindicales. Ivette Gareca ha expresado que esta no es la primera vez que la CMDS enfrenta una condena por prácticas antisindicales, siendo esta la segunda sentencia en su contra por estos motivos. Además, ha mencionado la existencia de un tercer caso documentado por la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, relacionado con la expulsión de una sesión de concejo municipal. Ante estos hechos, la Inspección del Trabajo ha convocado a las partes a una mediación, con el objetivo de encontrar soluciones efectivas a esta recurrente problemática.
Luis Cortés Escobar, exfuncionario de Carabineros, ha sido condenado a una pena total de 3 años y 818 días de presidio, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas. La decisión fue tomada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta en un fallo unánime, debido a su responsabilidad en los delitos deapremios ilegítimos y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes yabusos contra particulares cometidos en enero de 2023. El tribunal, presidido por los magistrados Alfredo Lindenberg Muñoz, Luz Oliva Chávez y Patricia Alvarado Padilla, determinó que el 13 de enero de 2023, Cortés Escobar, en su rol como funcionario de Carabineros, abusó de su autoridad al someter a F.P.G.B., quien estaba detenida en la Quinta Comisaría de Antofagasta, a tratos degradantes de connotación sexual. La víctima, bajo custodia y privada de libertad, no pudo oponerse a los abusos perpetrados por el acusado. En el fallo, se señala que Cortés Escobar, desde las 20:00 horas del 13 de enero, realizó diversos actos sexuales inapropiados hacia la detenida, aprovechando su posición de poder. La situación de la víctima, completamente dependiente de la autoridad del funcionario, facilitó la ejecución de estos actos degradantes. El 19 de enero de 2023, en un segundo incidente, Cortés Escobar se vio involucrado en un procedimiento de asistencia médica a una menor de 16 años en el sector norte de Antofagasta. Durante este procedimiento, el carabinero realizó avances inapropiados hacia la joven, incluyendo tocamientos y besos sin su consentimiento. Según el fallo, Cortés Escobar, tras ingresar a la vivienda acompañado de la madre de la joven, se dirigió al dormitorio de la víctima, donde le tocó las piernas y la besó antes de abandonar la habitación y la vivienda. Además de la pena de cárcel, el tribunal ha dispuesto que Cortés Escobar pague una indemnización de 20 millones de pesos a una de las víctimas como compensación por el daño moral ocasionado.