La jornada de este lunes el Gobierno, a través del Presidente, Gabriel Boric, presentó el proyecto de ley que busca reparar la deuda histórica a las y los profesores del país, previo consenso con el Magisterio. En concreto, la medida busca compensar al profesorado con un monto total que asciende a $4.5 millones divididos en dos pagos y de forma progresiva para alcanzar a todos los docentes afectados en un plazo de seis años. Fue mediante un punto de prensa ofrecido a las afueras de La Moneda, que el Mandatario señaló quecon esta ley le estamos haciendo justicia, aunque sea un pedacito de justicia. Yo tengo conciencia y por eso hablamos de reparación, porque la deuda real es mucho mayor y creo que es importante eso no esconderlo y decirle que acá hemos logrado llegar a una propuesta entre lo que nos permite hoy día las estrecheces fiscales que tenemos, pero también sabiendo que hay muchos que ya no están, detalló. Asimismo, se refirió a las voces contrarias a esta iniciativa: “algunos me decían que esto no tiene ningún apoyo en las encuestas, que no es importante, que no hay que hacerlo, pero sepan que nosotros no gobernamos pensando en la popularidad sino en la responsabilidad y en particular en la responsabilidad histórica que tenemos por quienes han construido este país”, clarificó. “Ustedes, profesores y profesoras de Chile, son parte importante de esos cimientos, porque debemos hacernos cargo colectivamente de los abusos e injusticias que arrastramos y corregirlas, porque solo así vamos a poder tener un piso desde donde construir un país más justo, un país más amable, un país en donde seamos capaces de encontrarnos, construyendo acuerdos con voluntad, con altura política para cumplir con Chile y con su gente”, cerró. Qué hacer para ser beneficiario del proyecto Para adquirir la calidad de beneficiarios de la solución de la deuda histórica, las personas que cumplan con los requisitos deben adjuntar los siguientes documentos en la web que el Mineduc dispondrá en los próximos días: Declaración jurada simple en que se indique no haber obtenido el pago íntegro de la asignación establecida en el Artículo 40 del Decreto Ley N° 3.551 de 1981. Declaración jurada simple sobre la inexistencia de alguna demanda judicial por el no pago de la asignación del Artículo 40 del Decreto Ley N° 3.551 de 1981. Declaración jurada simple de renuncia expresa a cualquier acción o reclamo que eventualmente tenga por las consecuencias directas o indirectas que puedan emanar de la asignación antes mencionada, ante cualquier tribunal u órgano nacional, regional o internacional. Para quienes sea necesario: Certificación de que se encuentre firme y ejecutoriado el desistimiento total de las acciones ejercidas en relación con la asignación del Artículo 40 del Decreto Ley N° 3.551 de 1981. En su defecto, podrá acompañarse copia del escrito con el estampado de recepción del tribunal mediante el que se solicitó el desistimiento, debiendo acompañarse la copia autorizada de la resolución judicial indicada una vez que se encuentre firme y ejecutoriada. El Presidente de la República, Gabriel Boric Font, presentó el Proyecto de Ley que considera un pago de $4,5 millones a las y los docentes vivos traspasados de las escuelas y liceos públicos a los municipios entre 1980 y 1987. ✅El pago se realizaría en dos cuotas durante un… pic.twitter.com/z72GIN0hg7 — Presidencia de Chile (@Presidencia_cl) December 2, 2024
La jornada de este lunes el Gobierno, a través del Presidente, Gabriel Boric, presentó el proyecto de ley que busca reparar la deuda histórica a las y los profesores del país, previo consenso con el Magisterio. En concreto, la medida busca compensar al profesorado con un monto total que asciende a $4.5 millones divididos en dos pagos y de forma progresiva para alcanzar a todos los docentes afectados en un plazo de seis años. Fue mediante un punto de prensa ofrecido a las afueras de La Moneda, que el Mandatario señaló quecon esta ley le estamos haciendo justicia, aunque sea un pedacito de justicia. Yo tengo conciencia y por eso hablamos de reparación, porque la deuda real es mucho mayor y creo que es importante eso no esconderlo y decirle que acá hemos logrado llegar a una propuesta entre lo que nos permite hoy día las estrecheces fiscales que tenemos, pero también sabiendo que hay muchos que ya no están, detalló. Asimismo, se refirió a las voces contrarias a esta iniciativa: “algunos me decían que esto no tiene ningún apoyo en las encuestas, que no es importante, que no hay que hacerlo, pero sepan que nosotros no gobernamos pensando en la popularidad sino en la responsabilidad y en particular en la responsabilidad histórica que tenemos por quienes han construido este país”, clarificó. “Ustedes, profesores y profesoras de Chile, son parte importante de esos cimientos, porque debemos hacernos cargo colectivamente de los abusos e injusticias que arrastramos y corregirlas, porque solo así vamos a poder tener un piso desde donde construir un país más justo, un país más amable, un país en donde seamos capaces de encontrarnos, construyendo acuerdos con voluntad, con altura política para cumplir con Chile y con su gente”, cerró. Qué hacer para ser beneficiario del proyecto Para adquirir la calidad de beneficiarios de la solución de la deuda histórica, las personas que cumplan con los requisitos deben adjuntar los siguientes documentos en la web que el Mineduc dispondrá en los próximos días: Declaración jurada simple en que se indique no haber obtenido el pago íntegro de la asignación establecida en el Artículo 40 del Decreto Ley N° 3.551 de 1981. Declaración jurada simple sobre la inexistencia de alguna demanda judicial por el no pago de la asignación del Artículo 40 del Decreto Ley N° 3.551 de 1981. Declaración jurada simple de renuncia expresa a cualquier acción o reclamo que eventualmente tenga por las consecuencias directas o indirectas que puedan emanar de la asignación antes mencionada, ante cualquier tribunal u órgano nacional, regional o internacional. Para quienes sea necesario: Certificación de que se encuentre firme y ejecutoriado el desistimiento total de las acciones ejercidas en relación con la asignación del Artículo 40 del Decreto Ley N° 3.551 de 1981. En su defecto, podrá acompañarse copia del escrito con el estampado de recepción del tribunal mediante el que se solicitó el desistimiento, debiendo acompañarse la copia autorizada de la resolución judicial indicada una vez que se encuentre firme y ejecutoriada. El Presidente de la República, Gabriel Boric Font, presentó el Proyecto de Ley que considera un pago de $4,5 millones a las y los docentes vivos traspasados de las escuelas y liceos públicos a los municipios entre 1980 y 1987. ✅El pago se realizaría en dos cuotas durante un… pic.twitter.com/z72GIN0hg7 — Presidencia de Chile (@Presidencia_cl) December 2, 2024