La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que condena a la empresa Arcos Dorados Restaurantes de Chile Limitada, representante de McDonald’s en el país, a pagar $8.000.000 por daño moral a la dueña de una perra border collie que murió electrocutada en 2021, al recibir una descarga eléctrica en el jardín de uno de sus locales ubicado en el Balneario Municipal de Antofagasta. El fallo, emitido en forma unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada e integrado por el ministro Eric Sepúlveda Casanova, la fiscal judicial María Teresa Quiroz Alvarado y el abogado integrante Mario Varas Castillo, confirmó la resolución dictada previamente por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta. Según la sentencia, la empresa incurrió en una grave negligencia al no mantener sus instalaciones en condiciones seguras, incumpliendo normativas que buscan evitar peligros para personas y bienes. Ante esto, el tribunal destacó el impacto emocional de la pérdida para la dueña de la mascota, llamada Tika, señalando que el dolor y la aflicción experimentados justifican la reparación económica, especialmente considerando el reconocimiento legal de los animales como seres vivientes y sensibles según la Ley N°20.380. Asimismo, la resolución subrayó que, aunque las mascotas no son sujetos de derecho en términos estrictamente legales, su pérdida inesperada puede generar un daño moral significativo para sus dueños, afectando su bienestar psicológico y alterando su vida cotidiana. Finalmente, con esta decisión, se reafirma la responsabilidad de las empresas en garantizar espacios seguros y en resarcir los daños provocados por su negligencia.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que condena a la empresa Arcos Dorados Restaurantes de Chile Limitada, representante de McDonald’s en el país, a pagar $8.000.000 por daño moral a la dueña de una perra border collie que murió electrocutada en 2021, al recibir una descarga eléctrica en el jardín de uno de sus locales ubicado en el Balneario Municipal de Antofagasta. El fallo, emitido en forma unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada e integrado por el ministro Eric Sepúlveda Casanova, la fiscal judicial María Teresa Quiroz Alvarado y el abogado integrante Mario Varas Castillo, confirmó la resolución dictada previamente por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta. Según la sentencia, la empresa incurrió en una grave negligencia al no mantener sus instalaciones en condiciones seguras, incumpliendo normativas que buscan evitar peligros para personas y bienes. Ante esto, el tribunal destacó el impacto emocional de la pérdida para la dueña de la mascota, llamada Tika, señalando que el dolor y la aflicción experimentados justifican la reparación económica, especialmente considerando el reconocimiento legal de los animales como seres vivientes y sensibles según la Ley N°20.380. Asimismo, la resolución subrayó que, aunque las mascotas no son sujetos de derecho en términos estrictamente legales, su pérdida inesperada puede generar un daño moral significativo para sus dueños, afectando su bienestar psicológico y alterando su vida cotidiana. Finalmente, con esta decisión, se reafirma la responsabilidad de las empresas en garantizar espacios seguros y en resarcir los daños provocados por su negligencia.