El Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta rechazó este domingo la solicitud de anulación de la elección municipal en la comuna de Sierra Gorda, presentada por el Partido Socialista de Chile (PS) a través de su abogado Gabriel Ignacio Osorio Vargas. Con esta resolución, el proceso que confirma a Adriana Rivera como alcaldesa electa continúa en curso, pendiente de la ratificación oficial por parte del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel). La denuncia del PS se fundamentaba en presuntas irregularidades durante los comicios, entre las que se incluían videos en redes sociales que mostraban la llegada de vehículos con personas aparentemente no residentes habituales de Sierra Gorda, quienes acudían a votar. Además, el recurso aportó evidencias como declaraciones juradas y capturas de pantalla que sugerían una supuesta organización para trasladar votantes en taxis hacia los centros de votación, donde habrían sido instruidos sobre a quién elegir. Pese a estos antecedentes, el TER concluyó que las pruebas presentadas no fueron suficientes para anular el resultado de las elecciones. Con esta decisión, la proclamación de Rivera como alcaldesa sigue adelante, a la espera de la confirmación del Tricel.
El Tribunal Electoral Regional (TER) ha desestimado la solicitud de la defensa del alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, para anular la prueba testimonial en el juicio que enfrenta por abandono de deberes. La defensa argumentaba que la notificación para acceder a la audiencia, programada para el 24 de septiembre, no se realizó con el tiempo suficiente, lo que supuestamente vulneró las garantías procesales de Velásquez. Según los antecedentes, el tribunal había fijado la fecha de la audiencia el 16 de septiembre, pero el enlace para conectarse fue enviado solo una hora antes, a las 08:00 horas del mismo día. La defensa alegó que esto contravenía el plazo mínimo de tres horas estipulado para las notificaciones. Sin embargo, el TER determinó que no hubo un perjuicio significativo que justificara la anulación de la audiencia. El tribunal señaló que la defensa había tenido conocimiento de la fecha y hora de la diligencia con una semana de anticipación y que los abogados del alcalde asistieron a una audiencia previa, lo que indicaba su conocimiento del proceso. En su fallo, el tribunal subrayó que, a pesar de que la notificación del enlace no cumplió con el tiempo estipulado, ello no fue suficiente para invalidar la audiencia, ya que los abogados debieron haber revisado oportunamente sus correos electrónicos como parte de sus responsabilidades procesales. El tribunal también hizo énfasis en que la confianza en el procedimiento establecido por el tribunal no podía ser desconocida.Asumimos sobre la base de la confianza depositada en las normas del procedimiento fijas por el tribunal de VSI, que la testifical no se llevaría a cabo; por cuanto sí sabía el incidentista que a las 9:00 horas habría una audiencia de prueba de testigos , por lo que por lo menos debió haber revisado con prolijidad su correo electrónico, cuestión que no hizo porque como el mismo lo señaló en su escrito fue suficiente revisarlo una vez , lo que no encuentra sustento para poder determinar que existió efectivamente un perjuicio , detalla el fallo. Con esta resolución, el TER concluyó que no hubo vulneración de las garantías constitucionales ni un perjuicio procesal irreparable en el caso del alcalde Velásquez, quien continúa enfrentando el juicio por abandono de deberes.
El Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta decidió excluir a 663 personas del padrón electoral de la comuna de Sierra Gorda, luego de que se detectaran irregularidades en los domicilios de inscripción de estos votantes. La resolución se da en el contexto de una polémica que surgió tras la aparición de más de 800 nuevos votantes en dicho padrón, lo que generó preocupación a nivel regional y nacional. La solicitud de exclusión fue presentada por la candidata a alcaldesa por la comuna, Adriana Rivera Vega, quien recurrió al Tribunal conforme al artículo 49 de la Ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral. Rivera Vega había solicitado la exclusión de 886 personas, pero el TER finalmente acogió la exclusión de 663. En paralelo, el candidato de Chile Vamos, Diego Fernández, también intentó impugnar la inclusión de más de 400 personas en el padrón electoral de Sierra Gorda, pero su recurso solo logró que una persona fuera excluida, según reportó El Mercurio de Antofagasta.
El Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta rechazó este domingo la solicitud de anulación de la elección municipal en la comuna de Sierra Gorda, presentada por el Partido Socialista de Chile (PS) a través de su abogado Gabriel Ignacio Osorio Vargas. Con esta resolución, el proceso que confirma a Adriana Rivera como alcaldesa electa continúa en curso, pendiente de la ratificación oficial por parte del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel). La denuncia del PS se fundamentaba en presuntas irregularidades durante los comicios, entre las que se incluían videos en redes sociales que mostraban la llegada de vehículos con personas aparentemente no residentes habituales de Sierra Gorda, quienes acudían a votar. Además, el recurso aportó evidencias como declaraciones juradas y capturas de pantalla que sugerían una supuesta organización para trasladar votantes en taxis hacia los centros de votación, donde habrían sido instruidos sobre a quién elegir. Pese a estos antecedentes, el TER concluyó que las pruebas presentadas no fueron suficientes para anular el resultado de las elecciones. Con esta decisión, la proclamación de Rivera como alcaldesa sigue adelante, a la espera de la confirmación del Tricel.
El Tribunal Electoral Regional (TER) ha desestimado la solicitud de la defensa del alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, para anular la prueba testimonial en el juicio que enfrenta por abandono de deberes. La defensa argumentaba que la notificación para acceder a la audiencia, programada para el 24 de septiembre, no se realizó con el tiempo suficiente, lo que supuestamente vulneró las garantías procesales de Velásquez. Según los antecedentes, el tribunal había fijado la fecha de la audiencia el 16 de septiembre, pero el enlace para conectarse fue enviado solo una hora antes, a las 08:00 horas del mismo día. La defensa alegó que esto contravenía el plazo mínimo de tres horas estipulado para las notificaciones. Sin embargo, el TER determinó que no hubo un perjuicio significativo que justificara la anulación de la audiencia. El tribunal señaló que la defensa había tenido conocimiento de la fecha y hora de la diligencia con una semana de anticipación y que los abogados del alcalde asistieron a una audiencia previa, lo que indicaba su conocimiento del proceso. En su fallo, el tribunal subrayó que, a pesar de que la notificación del enlace no cumplió con el tiempo estipulado, ello no fue suficiente para invalidar la audiencia, ya que los abogados debieron haber revisado oportunamente sus correos electrónicos como parte de sus responsabilidades procesales. El tribunal también hizo énfasis en que la confianza en el procedimiento establecido por el tribunal no podía ser desconocida.Asumimos sobre la base de la confianza depositada en las normas del procedimiento fijas por el tribunal de VSI, que la testifical no se llevaría a cabo; por cuanto sí sabía el incidentista que a las 9:00 horas habría una audiencia de prueba de testigos , por lo que por lo menos debió haber revisado con prolijidad su correo electrónico, cuestión que no hizo porque como el mismo lo señaló en su escrito fue suficiente revisarlo una vez , lo que no encuentra sustento para poder determinar que existió efectivamente un perjuicio , detalla el fallo. Con esta resolución, el TER concluyó que no hubo vulneración de las garantías constitucionales ni un perjuicio procesal irreparable en el caso del alcalde Velásquez, quien continúa enfrentando el juicio por abandono de deberes.
El Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta decidió excluir a 663 personas del padrón electoral de la comuna de Sierra Gorda, luego de que se detectaran irregularidades en los domicilios de inscripción de estos votantes. La resolución se da en el contexto de una polémica que surgió tras la aparición de más de 800 nuevos votantes en dicho padrón, lo que generó preocupación a nivel regional y nacional. La solicitud de exclusión fue presentada por la candidata a alcaldesa por la comuna, Adriana Rivera Vega, quien recurrió al Tribunal conforme al artículo 49 de la Ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral. Rivera Vega había solicitado la exclusión de 886 personas, pero el TER finalmente acogió la exclusión de 663. En paralelo, el candidato de Chile Vamos, Diego Fernández, también intentó impugnar la inclusión de más de 400 personas en el padrón electoral de Sierra Gorda, pero su recurso solo logró que una persona fuera excluida, según reportó El Mercurio de Antofagasta.